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​En un contexto económico donde la previsibilidad y el orden fiscal son clave, el Ministerio de Economía de la provincia oficializó la puesta en marcha del Régimen de Regularización Tributaria 2026. La iniciativa busca dar un fuerte alivio al bolsillo de los contribuyentes santiagueños, permitiendo refinanciar deudas vencidas al 31 de diciembre de 2025 con importantes facilidades de pago y descuentos históricos en los intereses resarcitorios.

Juntos brindaron los lineamientos técnicos de este programa que ya fue enviado a la Legislatura provincial para su pronto tratamiento y promulgación.

​Plazos y alcances del programa

​El nuevo régimen tendrá una ventana de tiempo acotada: los contribuyentes podrán adherirse desde el primer día de vigencia de la ley y por un plazo de 90 días corridos. Un dato clave es que el sistema permitirá generar un plan de pagos independiente por cada tributo provincial que se adeude, lo que facilita la organización financiera de los sectores afectados.

​La medida alcanza a deudas de los principales impuestos provinciales, tales como:

​Ingresos Brutos

​Impuesto de Sellos

​Inmobiliario

​Automotor

​“Invitamos a todos los que tengan alguna deuda impositiva a regularizarla, porque es un plan de facilidades muy accesible. Tiene una quita de intereses muy importante y es una oportunidad excelente”, destacó el ministro Chara durante la presentación.

​Escalas de beneficios: Contado y financiación

​El subsecretario Federico Scrimini fue el encargado de detallar cómo se estructurarán los descuentos sobre los intereses consolidados, los cuales varían según el plazo de financiación elegido por el contribuyente:

​Pago al Contado: Tendrá el máximo beneficio, con una condonación del 70% de los intereses.

​Planes de hasta 6 cuotas: La quita o reducción será del 50% de los intereses.

​Planes de hasta 36 cuotas: Para quienes necesiten mayor financiamiento, se ofrece un plazo extendido con una quita del 30% de los intereses.

​Condiciones de ingreso y montos mínimos

​Para acceder al régimen, las autoridades especificaron que se deberá abonar un anticipo del total de la deuda consolidada. Este porcentaje se diferenciará según el tipo de contribuyente:

​Personas humanas: Deberán abonar un anticipo del 10%.

​Personas jurídicas (empresas): El anticipo requerido será del 20%.

​Asimismo, se fijó un piso económico para garantizar la sustentabilidad del sistema: el importe mínimo de cada cuota mensual no podrá ser inferior a los 10 mil pesos.

​Inclusión de planes vigentes y caducos

​El director de Rentas, Matías Nazer, ponderó la medida como "una herramienta fundamental que se pone al alcance de los ciudadanos para que puedan normalizar su situación fiscal". En ese sentido, aclaró que el régimen es sumamente inclusivo.

​Aquellos contribuyentes que actualmente sostengan planes de pago vigentes podrán reformularlos e incorporar las cuotas vencidas, impagas o el saldo restante para aprovechar los nuevos beneficios. De igual manera, quienes posean planes caídos o caducos tendrán la posibilidad de reingresar al sistema bajo las nuevas condiciones de la normativa 2026.

Autor: admin